¿Cuánto cuesta poner música en mi negocio? Ésta es una pregunta que muchos propietarios de un local se plantean y sobre la que existe cierta confusión, por eso trataremos de aclarar todas las dudas al respecto en el siguiente artículo. La respuesta se encuentra en las Tarifas SGAE 2014.
Para empezar debemos tener en cuenta que en España, cualquier negocio, bar, discoteca, pub, restaurante o local abierto al público en el que se emita música, se considera un ACTO DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, que es todo acto por el cual una pluralidad de personas pueden tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Esto quiere decir que para poder reproducir música en un determinado negocio, previamente debemos conseguir la autorización de los titulares de dichas obras, en este caso, de las canciones que vamos a reproducir en nuestro local. Y ¿Quién otorga la autorización en nombre de los titulares? Las encargadas de dicha autorización son las entidades de gestión, concretamente serían SGAE, AGEDI y AIE.
Además de esta autorización para poner al público la música, lógicamente la música utilizada en el local tiene que ser de procedencia legal, bien de discos originales, la radio o con un servicio de música para locales.
Hasta hace un tiempo, éstas tres entidades de gestión de la propiedad intelectual actuaban por separado, por lo que cada una cobraba su parte. Ésto era así ya que sobre un fonograma (la grabación de una obra musical) existen tres grupos de derechos, y cada uno de ellos era gestionado por una entidad diferente ya que las tres tienen derecho al cobro por su “comunicación pública”: AGEDI para la productora musical, AIE para los intérpretes o ejecutantes y SGAE para los autores.
Recientemente, AGEDI y AIE han llegado a un acuerdo de colaboración con SGAE, de modo que esta última asume la representación de las otras dos entidades para la gestión del cobro, tanto de los derechos de comunicación pública de fonogramas, que corresponden a los productores fonográficos; como de los derechos de artistas intérpretes o ejecutantes musicales respecto de sus grabaciones o actuaciones en vivo en establecimientos abiertos al público.
Algunos de los negocios que deben regularizar el uso de la música de artistas, intérpretes o ejecutantes en sus locales son entre otros:
La cuota o “canon” por derechos de autor que se debe liquidar a SGAE, varía en función de determinadas características del negocio, por ejemplo, el tamaño del local, si se difunde la música a través de un medio audiovisual, si se utiliza la ambientación musical como forma secundaria e incidental, si se celebran bailes en el local, etc. Para más información TARIFAS SGAE 2014, TARIFAS AGEDI-AIE
La respuesta es no, ya que según las clausulas de contrato de Spotify: “los servicios de música en streaming de Spotify están limitados al uso personal y doméstico, NO COMERCIAL”. En otras palabras, estaríamos ante un medio de reproducción no permitido de comunicación pública, y por lo tanto, aquellos establecimientos públicos en los que se reproduzca música por vía Spotify pueden ser sancionados.
Una vez aclarado el tema de quienes deben pagar por los derechos de comunicación pública de la música y a qué entidades deben realizarse dichos pagos, queda pendiente otra cuestión: Cómo conseguir un proveedor de música legal para negocios. Y para esta pregunta, OriginalMusic es la respuesta.
OriginalMusic es la alternativa perfecta para todos los propietarios de un negocio, ya se trate del sector de la hostelería, restaurantes, pubs, discotecas, gimnasios o locales, donde la presencia de la música es imprescindible para ambientar el lugar. Nuestro sistema de reproducción musical garantiza la LEGALIDAD de la procedencia de toda la música que sonará en su establecimiento. En concreto, desde OriginalMusic adquirimos de forma legal las canciones , después las catalogamos y las incluimos en nuestro sistema de reproducción de música y vídeo omPlayer. Además contamos con las licencias correspondientes que nos autorizan como medio de reproducción de comunicación pública.
OriginalMusic es un proveedor de música legal con el que podrá ambientar tu local con un estilo inconfundible y personalizado:
[Actualización: Tarifas SGAE 2016]
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Estaría interese en contratar sus servicios para una feria como música de ambiente.
Agradecería se pusiesen en contacto conmigo por email o me facilitasen un teléfono donde poder llamarles.Muchas gracias y un saludo
Hola Pilar,
Gracias por tu interés. El departamento comercial se pondrá en contacto contigo para solucionar cualquier tipo duda.
Un saludo.
Hola me gustaría saber como poder poner una denuncia en un local que no tiene ni licencia de bar y ponen música.
Gracias
Hola Tamara,
Debes dirigirte al ayuntamiento de tu localidad ya que es el que concede licencias de apertura y actividad.
Esperamos te haya sido de ayuda.
En una sociedad gastronómica de ámbito privado (sólo para socios) y sin ánimo de lucro, ¿se paga algún tipo de canon musical a la Sgae? ¿En este caso se podría utilizar Spotify o por el contrario habría que instalar su sistema "Original Músic"?
Hola Alvaro, es un caso muy concreto y no te podemos informar con exactitud. Ponte en contacto directamente con Sgae y ellos te darán respuesta. Un saludo.
NECESITO SABER EL COSTE PARA EL PUBDE MI FAMILIAR, DE CAPACIDAD 100 PERSONAS.
Hola Samuel, puedes consultarlo directamente en las tarifas actualizadas que publica Sgae en este enlace
Como se realiza el cobro ,local por local o cada uno que tenga musica en forma de fonograma ,tv,etc.Tiene que ir a pagar .Trabajo en Argentina en AADI-CAPIF,hace 13 años.y el cobro se hace personalmente.Con un recibo de pago y se realiza PERSONALMENTE.Me gustaria saber como es la recaudacion para las entidades.
Me gustaria trabajar en Valencia.Un abrazo .
Hola.
Tengo una tienda de deportes pequeña.
Pongo la radio para mi ya que muchas horas del dia no entra nadie.
Mi negocio es vender zapatillas y nutrición deportiva.
También hay que pagar los impuestos de la SGAE, por escuchar yo música?
Saludos
Hola Juanma.
Sentimos ser nosotros quien te lo diga, pero como explicábamos en el artículo, la legislación española sí que cobra una tarifa por emitir cualquier contenido audiovisual con derechos de reproducción en cualquier local abierto al público, ya que las entidades de gestión de este tipo de contenidos lo consideran un acto de comunicación pública. Es decir, que según la ley, tú estás usando la radio y la música para ayudarte a producir beneficios.
Esperamos haberte ayudado a esclarecer el asunto.
Que música puedo poner en mi café pub para no tener que pagar a sgae.
Por otra parte si sgae ya cobra a programas de reproducción no sería legal que nos quiera cobrar a nosotros también.
Gracias y un saludo.
Hola Juan, al contratar nuestros servicios o cualquier otro, no te exime del pago de sgae, ya que este canon se basa en que como en tu local se utiliza música de autores que son socios de sgae, tienes que pagar por utilizarla con animo de lucro, es decir, estas ganando dinero gracias a la música. Incluso comprando los cds originales y reproduciendolos en tu pub, tendrías que pagar el canon por comunicación publica a sgae.
Como alternativa, existen servicios de musica libre en el que la música que contiene, no es música comercial o conocida, pero está exenta de pagar a sgae, ya que sus autores no son socios de esta entidad.
hola, en el gimnasio de mi localidad están usando continuamente Spotify free y tenia entendido que el uso de Spotify es de uso personal y no comercial, ¿estoy equivocado? saludos
Efectivamente David, Spotify según sus términos y condiciones, es solo para uso privado, no se puede utilizar en un local al publico, ni su versión free ni la de pago. Servicios de música para negocios existen muy pocos y uno de ellos es el que ofrecemos nosotros. Si quieres informa a tu gimnasio, este es el enlace: Música para negocios. Un saludo.