Tarifas SGAE 2018: ¿Cuáles son y cómo funcionan?

Como cada año, os traemos la actualización de las tarifas SGAE 2018. En este post, además de las nuevas tarifas SGAE 2018, os hablaremos de por qué debemos pagar las cuotas de SGAE por poner música en nuestros negocios, cómo cobra SGAE, por qué y cómo calcular tu cuota.

Ahora mismo puede parecer un lío, pero verás como a lo largo de este artículo se resolverán muchas de las dudas que te rondan la cabeza cuando piensas en las dichosas tarifas SGAE 2018.

¿Debería pagar las tarifas SGAE 2018 por poner música en mi negocio?

Si eres un lector habitual de nuestro blog, sabrás que si quieres reproducir música en tu negocio o establecimiento, siempre y cuando no sea música libre de derechos, deberás pagar a SGAE.

Es decir, deberás pagar un canon por la difusión pública que realizas al poner a funcionar tu playlist.

Ya sea a través de un reproductor de música, una tablet, ordenador, televisión o radio. Si en tu local se pone música regida por los derechos de autor y Propiedad Intelectual, deberás proceder al pago de las tarifas SGAE 2018.

Entre los negocios que deben regularizar el uso de música con derechos y pagar las tarifas SGAE 2018 se incluyen:

  • Restauración: bares, cafeterías, cervecerías, restaurantes, tascas y tabernas.
  • Hospedaje: hoteles, hostales y pensiones de carácter rural, aparta-hoteles, apartamentos, moteles, campings, etc.
  • Pubs, bares de copas: bares especiales, bares musicales, disco pubs, disco bares, bares de copas.
  • Discotecas y salas de fiesta: salas de variedades, cafés cantante, cafés concierto, tablaos, discotecas y salas de fiesta.
  • Comerciales y grandes almacenes: grandes superficies, hipermercados, centros comerciales y grandes almacenes.
  • Establecimientos comerciales y de servicios no incluidos en el sector de hostelería.
  • Gimnasios y academias de baile.
  • Portales de internet.
  • Etc…

¿Por qué hay que pagar a SGAE y no a otra gestora?

Debido a que SGAE tiene un acuerdo con AGEDI, la encargada de los derechos de las discográficas, y AIE, encargada de los derechos de los cantantes, es a ella a quien debemos de pagar el canon.

 

 

Este acuerdo se estableció debido a que SGAE dispone de una amplia estructura comercial y una red territorial con inspectores y oficinas.

Por lo que SGAE se encarga de cobrar y de abonar a las otras dos gestoras, AGEDI y AIE, su parte proporcional.

¿Cómo cobra SGAE?

SGAE cobra en función de la importancia de la música para tu actividad comercial y los metros cuadrados del establecimiento.

Por ejemplo, una oficina o tienda pagarán menos que un pub o bar donde el uso de la música está directamente relacionado con el consumo, ya que sin esta, dichos establecimientos no podrían llevar a cabo su actividad.

Tarifas SGAE 2018: ¿Cómo calcular tu cuota?

Seguro que esta es una de las preguntas que sueles hacerte. Vale, tarifas SGAE 2018, pero ¿cómo calculo mi cuota? ¿Cómo se cuánto debo pagar?

Así que, para que lo puedas entender de la forma más sencilla y clara posible, vamos a explicarte cómo calcular aproximadamente tu cuota SGAE para un negocio estándar.

Con negocio estándar nos referimos a uno que ejerce su actividad o servicio comercial sin espectáculos, actuaciones, conciertos, etc. En dichos casos, solo habría que añadir unos pluses que vienen identificados en la tabla o tablas concretas en caso de ser un evento, concierto, DJ’s, etc.

 

Así que ahora vamos al lío y a conocer cómo se calculan la cuota de las tarifas SGAE 2018.

¿Qué tipo de negocio tengo?

Esta es la primer cuestión a resolver. Debemos tener muy claro el tipo de negocio que tenemos declarado. Es decir, hotel, comercio, gimnasio, etc. Pero es importante tenerlo claro sobre todo en el caso de la hostelería.

Para saberlo sin que quepa la menor duda, deberéis guiaros por vuestra licencia de actividad comercial, ya que es ahí donde podremos confirmar si es un bar, bar de copas, bar cafetería o alguna de las combinaciones que contempla SGAE.

En cualquier caso, en el documento publicado por SGAE con las [popup_anything id=»14062″], a partir de la página 14 podremos encontrar un índice con el desglose de todas las actividades comerciales y sectores.

Y ahora que he identificado mi negocio, ¿qué tengo que hacer?

Pues bien, una vez hayamos identificado nuestro tipo de negocio, encontraremos, de media, 3 tablas de doble entrada con diferentes cuantías para calcular la tarifa.

Parece complicado, ¿verdad? Pero no, es mucho más fácil de lo que puede llegar a parecer. En dichas tablas, SGAE pretende que identifiquemos que uso del repertorio vamos a hacer.

Normalmente se distingue entre si hay o no ejecución humana. Es decir, una persona que gestiona la música directamente como un DJ o un cantante.

En cuanto a la utilización del repertorio deberemos seleccionar una de las 3 tablas de las tarifas SGAE 2018 que coinciden con nuestra situación:

  • Utilización del repertorio musical y audiovisual: Si además de emisión musical con licencia comercial vamos a utilizar televisiones públicas. Los canales de pago tienen un plus.
  • Utilización del repertorio audiovisual: Si únicamente vamos a usar televisores, ya sea para emitir imagen o sonido, pero desde canales público.
  • Utilización del repertorio musical: Si únicamente vamos a usar dispositivos públicos o con licencia comercial, pero sin imagen.

Cuando tengamos claro lo anterior, encontraremos diferentes cuantías dentro de la tabla de doble entrada. En la zona izquierda vienen desglosados tramos de superficie comercial, donde deberás buscar la superficie comercial de tu establecimiento.

En la zona superior de las tablas vienen los planes de precios según 3 criterios:

  • Tarifa mensual para el primer año si la fija el inspector en el local.
  • Tarifa mensual reducida para el primer año si se realiza de forma voluntaria.
  • Tarifa para el segundo año.

Por último, deberemos fijar la forma de pago del canon. Algunas de ellas tienen una bonificación de entre un 2,5 o 5% sobre la tarifa total. Estas son:

  • 5% de descuento por domiciliación bancaria.
  • 5% por un pago anticipado anual.
  • 2,5% por anticipado semestral.

Para que quede más claro… ¡dos ejemplos!

En los ejemplos que vamos a ver tenemos en cuenta las tarifas SGAE 2018. Partiremos de la base de negocios regulares, independientemente del sector, tendremos en cuenta que no tienen espectáculo en directo, no cobran entrada para ver una actuación y no hay DJ’s.

1er ejemplo: Cuota SGAE para nuestro bar

Nuestro bar, Casa OriginalMusic, tiene aproximadamente unos 70 metros cuadrados de superficie y 20 metros cuadrados de almacén.

En Casa OriginalMusic tenemos la música puesta con el reproductor de música legal (imprescindible para cumplir al 100% con la normativa vigente) pero, además, contamos con un televisor para que nuestros clientes puedan ver las noticias, los partidos importantes de la semana y a veces la empleamos como ambiente de fondo.

En este caso tan habitual, entendemos que empleamos la música con carácter secundario, puesto que la actividad de nuestro local no depende de la música.

Asimismo, entendemos que no hay ejecución humana, ya que utilizamos un reproductor o la televisión. Lo más importante, es que al usar música y televisión, estamos haciendo uso del contenido del catálogo audiovisual.

Así que en primer lugar buscaremos el siguiente apartado en el índice:

Tras localizar la zona de tarifas SGAE 2018 correspondientes a nuestro tipo de negocio, buscaremos la tabla que hace referencia al uso tanto de contenido audiovisual como musical.

Nuestro bar, Casa OriginalMusic, se encuentra en el segundo intervalo en cuanto a superficie, por tanto, pagaremos el primer año 24,07€/mes.

Pero, podremos reducir esta tarifa aplicando los descuentos que hemos comentado anteriormente.

Supongamos que domiciliamos el pago, en dicho caso tendríamos que pagar a SGAE una mensualidad de: 24,07€ – 5% = 22,86€.

2º ejemplo: Cuota SGAE para nuestra tienda

Ahora, hemos cambiado y en lugar de un bar, tenemos la tienda comercial OriginalMusic.

En este caso, no tenemos televisión y utilizamos la música con carácter secundario. Además nuestro almacén y tienda suponen 130 metros cuadramos.

Como en el caso anterior, buscamos en el índice nuestro tipo de establecimiento:

El segundo paso será irnos a la tabla que hace referencia a un uso del contenido musical exclusivamente:

Por la superficie en metros cuadrados que tiene nuestra tienda OriginalMusic, la incluiríamos en el segundo intervalo, pagando por tanto una cuota de 22,75€/mes.

Pero, al domiciliar el pago como en el caso anterior, conseguiríamos un descuento del 5%, quedando nuestra tarifa SGAE en 21,61€/mes.

Las tarifas SGAE 2018

Después de todo lo anterior, os vamos a dejar una infografía con las cuotas mensuales que deben pagar algunos comercios o sectores, según las tarifas SGAE 2018.

Después de conocer todo lo que necesitas sobre las nuevas tarifas SGAE 2018, solo nos queda decirte una cosa.

Con un proveedor musical como OriginalMusic no tendrás que preocuparte más de la procedencia legal de tu lista de reproducción. Tú solo preocúpate de tu negocio, que de la música y su gestión ya nos encargamos nosotros 😉

Además de obtener un proveedor de música legal con el que poder ambientar tu negocio y personalizarlo, dispones de diferentes servicios que se adecuan a tus necesidades.

Así como una serie de beneficios como asesoramiento musical, profesionalidad, experiencia y servicio técnico.

OriginalMusic está para asesorarte y ayudarte en tu camino. Si quieres saber más sobre nuestros servicios disponibles, puedes encontrarlos aquí.

Consúltanos sin compromiso y nota la diferencia. Y, sobre todo, ten en cuenta que OriginalMusic es la efectiva #GestiónMusical para los negocios 😉

 

Ver comentarios

  • Hola si están usando mi música para una cadena de televisión sin mi permiso, me corresponde algo por derecho de autor ya que está en televisión nacional todos los dias?
    Un saludo gracias

  • solo tengo una duda

    si yo cuento con mi aplicasion de spoti fy y ahí estoy pagando los derechos de escuchar música de todos los autores me podrían prohibir ponerla en la mi negocio claro sin estropear la vía peatonal si no adentro de mi local ya qu e en rsumen de lo que esta ecrito me dicen que son por los derechos de autor

    • Hola Luis,
      En los términos y condiciones del servicio de Spotify, especifican literalmente que no se puede utilizar en espacios públicos, es solo para uso privado. Por eso el mercado requiere de servicios musicales específicos para negocios como son los que te ofrecemos nosotros. Espero haberte aclarado tu duda, gracias por ponerte en contacto con nosotros.

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